Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141108-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

65
Procedimiento ordinario 974 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 974 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura A. García Ramírez, frente a “Euro Restauración Mediterránea, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución (sentencia número 395 de 2014):

Que estimando la demanda promovida por doña Laura A. García Ramírez, frente a “Euro Restauración Mediterránea, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a abonar a la demandante la suma de 1.597,64 euros, más el 10 por 100 de interés de demora sobre la deuda salarial desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Euro Restauración Mediterránea, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.495/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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