Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
03-11-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141103-116

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

116
Procedimiento 223 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 223 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ricardo Calleja Calleja, frente a don Andrés Rojo Saiz, doña Beatriz Gallego García, don Enrique Burgos Enríquez, doña Rosario Burgos Enríquez, “Certic 2000, Sociedad Limitada”, “Comunidad de Bienes Pasaje de Doña Carlota”, “Entorno y Vegetación, Sociedad Anónima”, “Green Cement, Sociedad Limitada”, “Micronizados Ecológicos, Sociedad Limitada”, “Musolaudit, Sociedad Limitada Profesional” (don José Luis Calbó Silvestre), “Pavimentos Ecológicos Terrizos, Sociedad Limitada”, “Trabajos Ambientales Valdehierro, Sociedad Limitada”, “Turfpro Equipamientos Espacios Verdes, Ltd.”, “UTE Restauración Muralla de Lorca” y “Viveros Palmaceas del Mediterráneo, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda formulada por don Ricardo Calleja Calleja, contra “Entorno y Vegetación, Sociedad Anónima”, “Pavimentos Ecológicos Terrizos, Sociedad Limitada”, la administración concursal de ambas “Musolaudit, Sociedad Limitada Profesional”, “Trabajos Ambientales Valdehierro, Sociedad Limitada”, “UTE Restauración Muralla de Lorca”, “Comunidad de Bienes Pasaje de Doña Carlota”, en las personas de sus comuneros don Enrique Burgos Enríquez, doña Beatriz Gallego García, don Andrés Rojo Saiz y doña Rosario Burgos Enríquez, “Viveros Palmaceas del Mediterráneo, Sociedad Anónima”, “Turfpro Equipamientos Espacios Verdes, Ltd.”, “Micronizados Ecológicos, Sociedad Limitada”, “Certic 2000, Sociedad Limitada”, y “Green Cement, Sociedad Limitada”, habiendo sido parte el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la parte actora, condenando a la demandada “Entorno y Vegetación, Sociedad Anónima”, a que proceda a la readmisión de la parte actora, con abono de los salarios de tramitación desde el día 3 de enero de 2013 hasta la notificación de la sentencia a razón de 92,86 euros diarios, descontando, en su caso, en ejecución lo percibido en otro empleo durante ese lapso o los períodos de incapacidad temporal, si los hubiere, o a abonar una indemnización de 106.208,62 euros. Dicha opción habrá de ser ejercitada en el plazo de cinco días.

Con absolución del resto de codemandados.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2513, clave 65, en “Banesto”, en la calle Princesa, número 2, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Musolaudit, Sociedad Limitada Profesional” (don José Luis Calbó Silvestre), doña Rosario Burgos Enríquez, don Andrés Rojo Saiz, doña Beatriz Gallego García, don Enrique Burgos Enríquez, “Green Cement, Sociedad Limitada”, “Comunidad de Bienes Pasaje de Doña Carlota”, “Viveros Palmaceas del Mediterráneo, Sociedad Anónima”, “Micronizados Ecológicos, Sociedad Limitada”, “UTE Restauración Muralla de Lorca”, “Entorno y Vegetación, Sociedad Anónima”, “Pavimentos Ecológicos Terrizos, Sociedad Limitada”, “Certic 2000, Sociedad Limitada”, “Trabajos Ambientales Valdehierro, Sociedad Limitada”, y “Turfpro Equipamientos Espacios Verdes, Ltd.”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.754/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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