Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
31-10-2014

Sección 1.2.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141031-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

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ORDEN 2254/2014, de 17 de octubre, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se designan las Asociaciones, Federaciones y demás Entidades sin fin de lucro de personas mayores con representación en el Consejo Regional de Mayores y se nombra a los Vocales que las representan.

El Decreto 65/1998, de 23 de abril, por el que se crea el Consejo Regional de Mayores, dispone en su artículo 3.d) que formarán parte como Vocales de dicho Consejo 12 representantes de Asociaciones, Federaciones y demás Entidades sin fin de lucro de personas mayores inscritas en el Registro de Entidades de Acción Social y Servicios Sociales, que acrediten debidamente su representatividad en las áreas de cultura, sanidad y servicios sociales, a propuesta de las Asociaciones, Federaciones, Entidades y Centros, designados mediante convocatoria pública.

Por Orden 1266/2014, de 20 de mayo, de la Consejería de Asuntos Sociales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 131, de 4 de junio de 2014), se convocó el proceso selectivo para la renovación de los Vocales del Consejo Regional de Mayores en representación de las Asociaciones, Federaciones, y demás Entidades sin fin de lucro de personas mayores que desarrollen su labor en la Comunidad de Madrid.

Por Resolución de 24 de julio de 2014, del Director General del Mayor (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 196, de 19 de agosto de 2014), se hizo pública la Propuesta de Resolución formulada por la Comisión de Valoración en relación con el proceso selectivo, con las entidades seleccionadas y las personas propuestas por cada una de ellas como Vocales del Consejo, sin que se haya presentado ninguna alegación a la misma en el plazo previsto por el artículo 9 de la Orden 1266/2014, de 20 de mayo, de la Consejería de Asuntos Sociales.

En atención a lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Decreto 65/1998, de 23 de abril, de creación del Consejo Regional de Mayores,

DISPONGO

Artículo primero

Designar a las siguientes Asociaciones, Federaciones, y demás Entidades sin fin de lucro de personas mayores como entidades seleccionadas para formar parte del Consejo Regional de Mayores:

— Asamblea de Madrid de Cruz Roja Española.

— Fundación Amigo de los Mayores.

— Cáritas Diocesanas de Madrid.

— Asociación de Servicio Integral Sectorial para Ancianos (ASISPA).

— Fundación Desarrollo y Asistencia.

Artículo segundo

Nombrar como vocales del Consejo Regional de Mayores, a propuesta de las entidades relacionadas en el artículo primero, a:

— Doña Pilar Sánchez Tamayo, en representación de la Asamblea de Madrid de Cruz Roja Española.

— Doña Tatiana Barrero Buch, en representación de la Fundación Amigo de los Mayores.

— Don Francisco Javier Hernando Calvo, en representación de Cáritas Diocesanas de Madrid.

— Don Gonzalo López Capdequí, en representación de la Asociación de Servicio Integral Sectorial para Ancianos (ASISPA).

— Don José Antonio Sánchez Magdaleno, en representación de la Fundación Desarrollo y Asistencia.

Artículo tercero

La duración del mandato de cuatro años de los representantes de las Asociaciones, Federaciones y Entidades sin fin de lucro al que alude el artículo 4 del Decreto 65/1998, de 23 de abril, por el que se crea el Consejo Regional de Mayores, se computará a partir de la fecha en que se celebre la primera reunión del Consejo Regional de Mayores tras la publicación de esta Orden.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de octubre de 2014.

El Consejero de Asuntos Sociales, JESÚS FERMOSEL DÍAZ

(03/32.704/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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