Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 259

Fecha del Boletín 
31-10-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141031-167

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

167
Procedimiento 408 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María García Ferreira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 408 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Anaya García, frente a doña María del Mar Talens Domingo, comunidad de propietarios del edificio “Sigrid”, “Lenspa Rivas, Sociedad Limitada”, “Rivas KP Servicios Integrales, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Sergon Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto de aclaración de sentencia de 26 de septiembre de 2014, cuya parte dispositiva es la siguiente: se acuerda subsanar el defecto advertido en sentencia de 18 de junio de 2014, consistente en los siguientes términos:

En el fallo de la misma, donde pone “que estimando la demanda interpuesta por doña Ana Cristina Abad”, debe poner “Doña María Anaya García”.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma “Rivas KP Servicios Integrales, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.457/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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