Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
30-10-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141030-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50

78
Procedimiento ordinario 1.394 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Por la presente, y en virtud de lo acordado en autos de juicio ordinario número 1.394 de 2011, seguidos en este Juzgado por “Mercedes-Benz Renting, Sociedad Anónima”, contra “Inversiones Grudisán, Sociedad Limitada”, y don Antonio Ovalle García, se le notifica la sentencia de fecha 4 de noviembre de 2013 a “Inversiones Grudisán, Sociedad Limitada”, dado su ignorado paradero, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por la entidad “Mercedes-Benz Renting, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Luis José García Barrenechea, contra don Antonio Ovalle García, representado por el procurador don Javier Zabala Falcó, y la entidad “Inversiones Grudisán, Sociedad Limitada”, debo resolver y resuelvo el contrato de arrendamiento, gestión y servicios de vehículos suscrito entre las partes, condenando solidariamente a la parte demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 35.091,92 euros, más los intereses moratorios pactados, con imposición de costas a la parte demandada.

Así por esta mi sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, definitivamente juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación que se interpondrá ante el tribunal que ha dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Debiéndose consignar en la cuenta del Juzgado con código de cuenta número 2544 la cantidad de 50 euros en concepto de depósito para recurrir, indicándose la clase y número de procedimiento, así como la fecha de la resolución recurrida. No se admitirá a trámite el recurso si no se constituye este depósito, lo que deberá acreditarse ante este Juzgado junto con el escrito de interposición del mismo mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Inversiones Grudisán, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 12 de septiembre de 2014.—La secretaria (firmado).

(02/6.252/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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