Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
29-10-2014

Sección 1.3.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141029-4

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

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RESOLUCIÓN 3461/2014, de 16 de octubre, por la que se integra el crédito restante de ayudas a la movilidad para desplazamientos en taxi con fines formativos y de inserción laboral por un importe de 28.737 euros en el presupuesto reservado para la concesión del resto de los tipos de ayudas contempladas en la convocatoria.

Mediante Resolución 3460/2014, de 16 de octubre, se conceden ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social, en su modalidad de ayudas a la movilidad para desplazamientos en taxi con fines formativos y de inserción laboral, por un importe total de 7.263 euros, de conformidad con lo dispuesto en la Orden 1385/2014, de 6 de junio, de la Consejería de Asuntos Sociales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de junio de 2014), quedando un crédito disponible de 28.737 euros.

De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Orden 1385/2014, de 6 de junio, de la Consejería de Asuntos Sociales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de junio de 2014), por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para el fomento de la autonomía personal y la promoción de la accesibilidad a personas con discapacidad en situación de dificultad o vulnerabilidad social, y una vez concedidas las ayudas a la movilidad para desplazamientos en taxi con fines formativos y de inserción laboral.

DISPONGO

Integrar el crédito restante de ayudas a la movilidad para desplazamientos en taxi con fines formativos y de inserción laboral por un importe de 28.737 euros, en el presupuesto reservado para la concesión del resto de los tipos de ayudas contempladas en la convocatoria.

Contra esta resolución podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Asuntos Sociales, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer cualquier otro que estime oportuno para la mejor defensa de sus derechos. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Madrid, a 16 de octubre de 2014.—La Directora General de Servicios Sociales, María del Carmen Pérez Anchuela.

(03/32.645/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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