Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
29-10-2014

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141029-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 6

90
Procedimiento ordinario 155 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 155 de 2011, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 209 de 2014

En Madrid, a 28 de marzo de 2014.—Vistos y oídos por don Teodoro Ladrón Roda, magistrado-juez de refuerzo en comisión de servicios en el Juzgado mercantil número 6 de esta localidad, los presentes autos de juicio ordinario seguidos bajo el número 155 de 2011, a instancia de “Vitro Cristalglass, Sociedad Limitada”, ostentando su representación el procurador don Ignacio Melchor de Oruña y su defensa técnica el letrado don Isaac Trapote Pernández, contra don Javier Cabezas Carbonero, en situación de rebeldía procesal en los presentes autos, sobre acción de responsabilidad de los administradores sociales;

Fallo

Estimar totalmente la demanda interpuesta por la representación procesal de “Vitro Cristalglass, Sociedad Limitada”, contra don Javier Cabezas Carbonero y condenar a don Javier Cabezas Carbonero a pagar a la actora:

a) La cantidad total que se adeuda a “Vitro Cristalglass, Sociedad Limitada” y que asciende a 16.060,43 euros.

b) Dicho principal devengará el interés de demora, conforme al artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

c) Las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que, contra la misma, cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días para su ulterior resolución por la Audiencia Provincial de Madrid. Al notificarse la resolución a las partes, se indicará la necesidad de constitución de depósito para recurrir, así como la forma de efectuarlo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Javier Cabezas Carbonero, con NIF 50103028-N, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 9 de julio de 2014.—El secretario (firmado).

(02/6.491/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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