Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
25-10-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141025-39

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

39
Procedimiento ordinario 669 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 669 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco José Hurtado Risueño, frente a “Mail Direct Entry Spain, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Francisco José Hurtado Risueño, defendido y representado por la letrada doña Isabel Carrasco Zamorano, contra “Mail Direct Entry Spain, Sociedad Limitada”, condenando a la demandada a pagar al trabajador demandante la cantidad de 1.639,05 euros, más el 10 por 100 de interés por mora correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y hágaseles saber que la misma es firme y contra ella no cabe la interposición de recurso alguno.

Así lo acuerdo, mando y firmo juzgando en la primera instancia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mail Direct Entry Spain, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.798/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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