Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
22-10-2014

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141022-6

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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NOTIFICACIÓN de 6 de octubre de 2014, de Resolución de la Dirección General de Consumo, referente al expediente sancionador 05-ESAC-00022.6/2014.

Tras el intento, legalmente establecido, de dos notificaciones, que no se han podido practicar, el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, permite sustituirlas por la presente publicación oficial.

El expediente que se cita podrá ser consultado por sus interesados, en el plazo que se indica, en la sede de la Dirección General de Consumo.

Requerido y último domicilio. — Expediente. — Objeto del requerimiento

Jorge Pascual del Cura; carretera de Boadilla, número 18, segundo A, 28220 Majadahonda (Madrid). — 05-ESAC-00022.6/2014. — Resolución, con un plazo de un mes para interponer recurso de alzada.

La presente publicación solo recoge las indicaciones mínimas del expediente, conforme al artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ya que la publicación íntegra del contenido del acto podría lesionar los derechos o intereses legítimos de tales personas o entidades.

Contra esta Resolución, que no es firme en vía administrativa, se podrá interponer ante el ilustrísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de esta Comunidad recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que se practique la notificación de la presente Resolución, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 6 de octubre de 2014.—La Directora General de Consumo, Mar Pérez Merino.

(01/3.555/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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