Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
20-10-2014

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141020-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LOS MOLINOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

54
Notificación comparecencia

No habiéndose podido practicar directamente la notificación personal a los deudores que posteriormente se relacionan, a pesar de haberse intentado en la forma debida por dos veces, se procede, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a citar a los deudores o sus representantes para ser notificados por comparecencia.

Citación

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 103.3 del Reglamento General de Recaudación, se advierte a los deudores que deben comparecer en el expediente ejecutivo que se sigue para ser debidamente notificados. Transcurridos quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin personarse el interesado, se le tendrá por notificado a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento de plazo señalado. En este caso, se tendrá por notificado al obligado tributario o su representante en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer, en los términos del apartado 3.o del citado artículo 112 de la Ley General Tributaria.

Órgano responsable de la tramitación y lugar en que se deberá comparecer: Departamento de Recaudación del Ayuntamiento de Los Molinos (Madrid), sito en la plaza de España, número 1, de Los Molinos (Madrid), en horario de ocho y treinta a quince, de lunes a viernes.

Los Molinos, a 16 de septiembre de 2014.—El alcalde (firmado).

(02/5.991/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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