Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243

Fecha del Boletín 
13-10-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141013-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

126
Procedimiento ordinario 1.095 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.095 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rubén Rodríguez González, frente a “Cigal Centro Especial de Empleo, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia con fecha 4 de septiembre de 2014, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Rubén Rodríguez González, contra “Cigal Centro Especial de Empleo, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al demandante 2.295,09 euros, más el 10 por 100 en concepto de interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y frente a ella no cabe formular recurso de suplicación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cigal Centro Especial de Empleo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.224/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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