Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141010-218

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 11

218
Autos 1.444 de 2013

EDICTO

Doña María José Llorens López, secretaria del Juzgado de lo social número 11 de los de Valencia.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 1.444 de 2013, a instancias de don Javier Alexander Acosta Vallejo, contra Fondo de Garantía Salarial y “Franquicia Colombo Española Empaques, Sociedad Limitada”, en la que el día 26 de septiembre de 2014 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

Auto

La magistrada-juez del Juzgado de lo social, doña María de Belén Arquimbau Guastavino.—En Valencia, a 9 de septiembre de 2014.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante, don Javier Alexander Acosta Vallejo, frente a “Franquicia Colombo Española Empaques, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que, a juicio del recurrente, contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Así lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial.—La magistrada-juez.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María José Llorens López.—En Valencia, a 9 de septiembre de 2014.

Habiendo presentado el trabajador, don Javier Alexander Acosta Vallejo, exigiendo el cumplimiento por la empresa “Franquicia Colombo Española Empaques, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución del día de la fecha, de conformidad con el artículo 280 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, acuerdo:

Citar de comparecencia a las partes ante este Juzgado para que puedan alegar y probar cuanto a su respectivo derecho convenga acerca de la no readmisión alegada, haciéndoles saber que deberán comparecer con cuantos medios de prueba intenten valerse. Se señala al efecto la audiencia del día 13 de octubre de 2014, a las nueve y veinticinco horas, advirtiendo a la parte actora de que, de no comparecer, se la tendrá por desistida de su solicitud, y a la demandada que, de no hacerlo, se celebrará el acto sin su presencia.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que, a juicio del recurrente, contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—La secretaria judicial.

Y para que conste y sirva de notificación a “Franquicia Colombo Española Empaques, Sociedad Limitada”, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Valencia, a 30 de septiembre de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/30.179/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141010-218