Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2014

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141010-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

83
Notificación procedimiento sancionador

Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, según se prevé en el apartado 5 de dicho precepto, se procede a la notificación por edictos mediante anuncio en el tablón de anuncios del último domicilio conocido y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y con sujeción a las prescripciones del artículo 61 de dicha Ley, la notificación de la resolución definitiva de procedimiento sancionador recaído en el expediente sancionador que se indican en la siguiente relación:

RESOLUCIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR

Número de expediente: PS11/13.

Interesado (DNI/NIF): don José Ramón Arancón Bermejo (5410****).

Infracción: artículo 72.2 de la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.

Sanción impuesta: 602,00 euros.

Lo que se le notifica a los interesados para su conocimiento y efectos, significándole que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes desde su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción competente, en el plazo de dos meses desde la resolución del recurso potestativo de reposición o, en su caso, desde la publicación de la presente.

Paracuellos de Jarama, a 2 de septiembre de 2014.—El alcalde, Fernando Zurita Orden.

(02/5.794/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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