Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
09-10-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141009-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

116
Ejecución 60 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Villagrán Moriana, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.047 de 2012, ejecución 60 de 2014, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Begoña del Castillo, frente a don Fernando Sánchez Lázaro Carrasco, don José María Sayago Lozano, Fondo de Garantía Salarial, “Negocio & Estilo de Vida, Sociedad Anónima”, “Prodemsa Administración Concursal, Sociedad Limitada Profesional”, y “Proyectos Editoriales Globales, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 9 de septiembre de 2014.

Parte dispositiva:

Se acuerda aclarar el auto dictado con fecha 12 de junio de 2014 en los siguientes términos:

Donde dice «Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña María Begoña del Castillo, frente a los demandados de forma solidaria don Fernando Sánchez Lázaro Carrasco, don José María Sayago Lozano y “Proyectos Editoriales Globales, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 122.429,83 euros, más 7.346,00 euros y 12.243,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.»; debe decir: «Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña María Begoña del Castillo, frente a los demandados de forma solidaria don Fernando Sánchez Lázaro Carrasco, don José María Sayago Lozano y “Proyectos Editoriales Globales, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 133.692,28 euros, más 8.021 euros y 13.369 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.», manteniendo el resto de pronunciamientos y adecuándose a estas cantidades las siguientes resoluciones dictadas.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Ángela Mostajo Veiga.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Fernando Sánchez Lázaro Carrasco y “Proyectos Editoriales Globales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de septiembre de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.843/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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