Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
09-10-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141009-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 12

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Juicio verbal 1.360 de 2013

EDICTO

El secretario del Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid.

Hace saber: Que en el procedimiento de juicio verbal número 1.360 de 2013, sobre otras materias, se ha dictado el día 4 de julio de 2014 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 162 de 2014

En Madrid, a 4 de julio de 2014.—Don Adalberto de la Cruz Correa, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 837 de 2013, a instancias de “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales doña Beatriz Prieto Cuevas y asistida por el letrado don Marcos Guallar Feijó, contra don Francisco Javier Mela Henche, en situación procesal de rebeldía, sobre juicio verbal, ha dictado la presente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña Beatriz Prieto Cuevas, en la representación acreditada de “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, contra don Francisco Javier Mela Henche, debo:

1. Declarar la resolución del contrato de suministro de gas natural suscrito entre “Gas Natural Servicios SDG, Sociedad Anónima”, y don Francisco Javier Mela Henche para su consumo en la vivienda sita en la calle Plátano, número 23, tercero D, 28029 Madrid, con obligación del demandado de facilitar la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora.

2. Condenar al demandado a abonar a la demandante la suma de 1.529,21 euros derivada del consumo de gas que consta en las facturas emitidas e impagadas en el período comprendido entre el mes de abril de 2012 y agosto de 2013, en concepto de daños y perjuicios, más el interés legal devengado desde la interposición de la demanda, de conformidad con los artículos 1.100 y 1.108 del Código Civil, y ello hasta la fecha de la sentencia, momento en que devengarán los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

3. Condenar al demandado al pago a la actora de la suma que se fijará en ejecución de la sentencia, resultante del consumo de gas comprendido entre la última lectura facturada (correspondiente a la incorporada en la factura aportada como documento número 11 de la demanda) y la que se realice en el momento de la desconexión del contador, y que se calculará atendiendo al precio de las tarifas vigentes legal o reglamentariamente establecidas para el tipo de gas natural.

4. Condenar al demandado al pago de las costas procesales, si proceden.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Francisco Javier Mela Henche se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 30 de julio de 2014.—El secretario (firmado).

(02/6.005/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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