Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
03-10-2014

Sección 1.2.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141003-9

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

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ORDEN de 24 de septiembre de 2014, de corrección de errores de la Orden de 9 de septiembre de 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de septiembre), por la que se convoca un puesto de trabajo para su provisión por el sistema de Libre Designación en la Consejería de Asuntos Sociales (Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos).

Advertido error en la publicación de la Orden de 9 de septiembre de 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de septiembre), de la Consejería de Asuntos Sociales (Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos), por la que se convoca un puesto de trabajo para su provisión por el sistema de Libre Designación en la referida Consejería, se procede a subsanar dicho error en virtud de lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en los siguientes términos:

Primero: En la página número 36 del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Anexo que acompaña a la referida Orden, en el puesto de trabajo número 67992, denominado “Secretaria/o de Dirección” en el apartado “Turno/Jornada”:

Debe decir: “P. E. D. y 2 TARD”.

Segundo: A la vista de lo anterior, se procede abrir un nuevo plazo de quince días para presentación de solicitudes.

Tercero: Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2014.—El Consejero de Asuntos Sociales, PD (Orden 1741/2011, de 10 de noviembre, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de noviembre de 2011), la Secretaria General Técnica, Carmen Balfagón Lloreda.

(03/29.105/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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