Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
03-10-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20141003-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

180
Procedimiento 198 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 198 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gema Cañadillas Pavón, frente a “Máster Electrónica, Sociedad Anónima”, “Nails And Beauty, Sociedad Anónima”, “Planificación y Compra de Medios, Sociedad Anónima”, y “Uñas Esculpidas, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

1. Tener por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, registrándose en el libro de registro correspondiente.

2. Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 6 de noviembre de 2014, a las diez y veinte horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado que se sustanciará por las reglas del procedimiento de despidos/ceses en general.

Cítese a las partes para dicho acto, dando traslado a la parte demandada de copia de la demanda y de los documentos acompañados, así como del de subsanación.

Consúltense los registros oportunos de la base de datos informática de la oficina judicial si fuera necesario para la localización de las partes.

Adviértase a las partes:

1. Que deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse.

2. Que si el demandante citado en forma no comparece, ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistido de la demanda.

3. Que la incomparecencia injustificada del demandado, citado en forma, no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía.

Respecto al primer otrosí, se tiene por anunciado el propósito de comparecer asistido/a representado/a de abogado o graduado/a social a los efectos del artículo 21.2 de la Ley de Jurisdicción Social.

Respecto el segundo otrosí interrogatorio ha lugar a la citación judicial del representante legal de la demandada para el acto de juicio, donde se acordará acerca o no de la pertinencia de la prueba de interrogatorio de las partes en juicio, con el apercibimiento de que si no comparece sin justa causo podrá se tenida por confesa en la sentencia (artículo 91 de la Ley de Jurisdicción Social), sirviendo la cédula que se dirija a la empresa de citación en forma.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tras días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de Jurisdicción Social).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Nails And Beauty, Sociedad Anónima”, y “Uñas Esculpidas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 4 de septiembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/28.122/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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