Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
29-09-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140929-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 7

173
Procedimiento ordinario 523 de 2014

EDICTO

Don Pablo Santamaría Moreno, secretario del Juzgado de lo social número 7 de Zaragoza.

Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Yolanda Belsue Abad, contra “Acción Labor Group, Sociedad Limitada”, Empresa de Trabajo Temporal y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por cantidad, registrado con el número de procedimiento ordinario 523 de 2014, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social, cita a “Acción Labor Group, Sociedad Limitada”, Empresa de Trabajo Temporal, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 29 de octubre de 2014, a las diez cuarenta y cinco horas, para la celebración del acto de conciliación y, en caso de no avenencia, el mismo día a las once horas para la celebración del juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante personal legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistida de abogado o representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representada técnicamente por graduado social colegiado, o representada por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Acción Labor Group, Sociedad Limitada”, Empresa de Trabajo Temporal, se expide la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Zaragoza, a 9 de septiembre de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/27.597/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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