Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
29-09-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140929-158

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

158
Ejecución 77 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 77 de 2014 y acumulados, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alba Enith Malambo López, doña Elsa Mato Puerta, don Héctor Manuel Vivar Reyes, doña Iluminada Valles San Francisco, doña María del Carmen Ríos Dávila, doña María Pilar Marcuende García, doña Milka Petrova Ilieva y doña Soraya García Achutegui, frente a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Anónima” y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa, se han dictado resoluciones cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

«Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, doña Alba Enith Malambo López, doña María del Carmen Ríos Dávila, don Héctor Manuel Vivar Reyes, doña Elsa Mato Puerta, doña Iluminada Valles San Francisco y doña Soraya García Achutegui, frente a la demandada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 13.852,38 euros, más 2.700,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco de Santander” 2708-0000-64-0077-14».

«Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, doña Milka Petrova Ilieva, frente a la demandada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 5.677,05 euros, más 1.000,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco de Santander” 2708-0000-64-0093-14».

«Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, doña María Pilar Marcuende García, frente a la demandada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 2.732,25 euros, más 540,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco de Santander” 2708-0000-64-0144-14».

“a) Se acuerda la acumulación a la presente ejecución forzosa EFL número 77 de 2014, de la que se sigue también en este Juzgado con los números EFL número 93 de 2014 y número 144 de 2014, continuándose su tramitación en un solo procedimiento.

El principal total de las ejecuciones acumuladas asciende a 22.261,68 euros, correspondiendo concretamente a:

Doña Elsa Mato Puerta, 2.216,4 euros.

Don Héctor Manuel Vivas Reyes, 2.588,5 euros.

Doña Carmen Ríos Dávila, 2.225,44 euros.

Doña Alba Enith Malambo López, 2.371,24 euros.

Doña Iluminada Valles San Francisco, 2.225,4 euros.

Doña Soraya García Achutegui, 2.225,4 euros.

Doña Milka Petrova Ilieva, 5.677,05 euros.

Doña María del Pilar Marcuende García, 2.732,25 euros.

Y 4.240,00 euros para intereses y costas que se presupuestan provisionalmente.

b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que, de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social)”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 29 de julio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/26.986/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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