Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 219

Fecha del Boletín 
15-09-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140915-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN NÚMERO 4

69
Procedimiento 767 de 2013

EDICTO

Doña María Jesús Stampa Castillo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Donostia-San Sebastián.

Hago saber: Que en autos pieza ejecución número 44 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Jesús Echániz Aguirre, contra “Abian Multiservicios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

El magistrado-juez que lo dicta, don Ricardo Bandrés Ermua.—En Donostia-San Sebastián, a 29 de julio de 2014.

Parte dispositiva:

1. Se acuerda la ejecución definitiva de la sentencia de 4 de abril de 2014, a favor de doña María Jesús Echániz Aguirre, contra “Abian Multiservicios, Sociedad Limitada”.

2. En orden a la ejecución de la obligación de readmitir, óigase a las partes en comparecencia sobre los hechos de la no readmisión alegada, a cuyo fin el secretario judicial señalará día y hora.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición ante el magistrado-juez, a presentar en la Oficina Judicial dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además, de expresar la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos podrá deducirse oposición a la ejecución despachada según lo previsto en el apartado 4 del artículo 239 de la Ley de la Jurisdicción Social.

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander”, consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, los sindicatos, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidad Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos.

Notifíquese esta resolución.

Lo acuerda y firma su señoría.—Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María Jesús Stampa Castillo.—En Donostia-San Sebastián, a 29 de julio de 2014.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 281, se convoca a las partes, para que comparezcan a la vista del incidente, ante el magistrado-juez el día 22 de septiembre de 2014, a las nueve y quince horas, en la Sala de vistas número 13, planta baja.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes o emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación a “Abian Multiservicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Donostia/San Sebastián, a 29 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.544/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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