Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 217

Fecha del Boletín 
12-09-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140912-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

OTROS ANUNCIOS

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Deslinde bienes municipales y terceros

Mediante aprobación en sesión plenaria celebrada con carácter ordinario el día 31 de julio de 2014, entre otros acuerdos, en el punto 6 del orden del día, se debatió inicio de expediente de deslinde de bienes municipales y terceros. Aprobándose lo siguiente:

Resultando que siendo el objetivo del deslinde la comprobación de la armonía entre los títulos de propiedad y la realidad extarregistral, siendo un expediente que permite su inicio de oficio a la Administración, cuando entre fincas colindantes a las que son propiedad del Ayuntamiento, y de una persona privada, existen indicios de usurpación o límites imprecisos.

Considerando que el procedimiento de deslinde viene establecido en los artículos 56 y siguientes del Reglamento de Bienes.

Considerando que el artículo 22.j) de la Ley de Bienes de Régimen Local, establece que la competencia en esta materia corresponde al Pleno Municipal.

Visto la memoria y los gastos de deslinde, y atendido el informe emitido por la asesoría jurídica, se propone al Pleno, previo dictamen de la comisión informativa, la adopción del siguiente acuerdo:

Primero.—Que se efectúe el deslinde de la finca de propiedad municipal SG-3, que ocupa una superficie de 77.977 metros cuadrados, clave de ordenanza 6, zona verde, que posee los siguientes linderos:

— Sur: con el suelo no urbanizable, apoyándose en el límite del término municipal con Moraleja de Enmedio.

— Este: suelo consolidado de edificación del núcleo urbano de Arroyomolinos (urbanización “El Encinar”).

— Oeste: con la carretera de acceso a la urbanización “Montebatres”.

Identificada catastralmente como dos parcelas, con las siguientes referencias catastradas:

1.o 672101UK2517S001RS.

2.o 1672102UK2517S001DS.

Fijando como día para practicar las operaciones de apeo el día 17 de septiembre de 2014, a las doce horas de la mañana.

Segundo.—Se notifique personalmente el presente acuerdo a los propietarios colindantes de la finca municipal y a los titulares reales afectados por el deslinde, citándolos para el día fijado en el apeo.

Tercero.—Que se dé traslado del presente acuerdo al Registro de la Propiedad de Navalcarnero número 1, a los efectos de que tome razón de la incoación del expediente por medio de nota marginal sobre la finca registral 5.073, folio 067, libro 119, tomo 1587.

Cuarto.—Publicar el anuncio de deslinde en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Arroyomolinos, a 8 de septiembre de 2014.—El alcalde-presidente, Juan Velarde Blanco.

(02/5.542/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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