Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 215

Fecha del Boletín 
10-09-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140910-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TARRAGONA NÚMERO 1

99
Expediente 718 de 2012

EDICTO

Doña Angela Iribas Cabrera, secretaria del Juzgado de lo social número 1 de Tarragona.

Hace saber: Que en este Juzgado se ha tramitado expediente número 718 de 2012, instados por Tesorería General de la Seguridad Social, contra doña Ecaterina María Marín, doña Yanelis González García, “Maxim Models Service, Sociedad Limitada”, doña Annick Joannes Hoskens, don José Carlos González Vázquez, don Oriol Sánchez Capella, doña Shira Nimaga Vázquez, doña Noelia Salas Torroja, don Kilian Pablo Molero García, doña Kristina Kuznetsova, doña Sofía Machado Caballero, doña Sara Torres Esquius y doña Marta Sabaté Pesado, en el cual se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por la Tesorería General de la Seguridad Social sobre la existencia de la relación laboral, defendida y representada por el letrado del Cuerpo de Administración de la Seguridad Social, don Miguel Usón, contra la empresa “Maxim Models Service, Sociedad Limitada”, y los trabajadores doña Annick Joannes Hoskens, doña Kristina Kuznetsova, doña Sofía Machado Caballero, doña Ecaterina María Marín, doña Yanelis González García, don José Carlos González Vázquez, don Kilian Pablo Molero García, doña Shira Nimaga Vázquez, doña Marta Sabaté Pesado, doña Noelia Salas Torroja, don Oriol Sánchez Capella y doña Sara Torres Esquius, declarando que la relación que liga a los trabajadores referidos con la empresa “Maxim Models Service, Sociedad Limitada”, es de naturaleza laboral.

Una vez firme la presente sentencia, notifíquese a la Autoridad Laboral (artículo 150.5 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña con sede en Barcelona, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación por comparecencia o por escrito de las partes, su abogado o representante, designando letrado o graduado social colegiado que habrá de interponerlo, siendo posible el anuncio por la mera manifestación de aquellos al ser notificados. Posteriormente, al interponer el recurso, se entregará resguardo de haber depositado 150 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto”.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a los demandados don José Carlos González Vázquez, doña Shira Nimaga Vázquez y doña Ecaterina María Marín, y se inserte en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente dado el ignorado paradero de los mismos, haciéndoles saber que la copia de la resolución están a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo social número 1. Asimismo, se les advierte que serán de aplicación en cuanto a las ejecuciones lo dispuesto en disposición transitoria cuarta de la Ley de Procedimiento Laboral, y por ello las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

En Tarragona, a 24 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.748/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140910-99