Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
08-09-2014

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140908-46

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

46
Presupuesto general 2014

Aprobado definitivamente por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Griñón de 4 de septiembre de 2014, el presupuesto general para 2014, y comprensivo aquel del presupuesto general, bases de ejecución, plantilla de personal funcionario y laboral, como consecuencia de que el mismo fue rechazado por el Pleno extraordinario celebrado en esa misma fecha, y con arreglo a lo previsto en la disposición adicional decimosexta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, incorporada por el párrafo treinta y ocho del artículo primero de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, que establece que en el supuesto de que el presupuesto fuera rechazado por el Pleno, se podrá aprobar por la Junta de Gobierno Local al estar el del ejercicio anterior en prórroga. De conformidad con el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:







Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Griñón, a 5 de septiembre de 2014.—El alcalde en funciones, José María Porras Agenjo.

(03/26.334/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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