Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
29-08-2014

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140829-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Nombramiento juez de paz sustituto de Los Santos de la Humosa

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Don José Gayo Ydoate, secretario de Gobierno en funciones del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada en el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

3. Octavo.—Nombramiento de juez de paz sustituto de Los Santos de la Humosa.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa, en el que se propone el nombramiento de don Félix Montoiro Castrejón para el cargo de juez de paz sustituto, aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 4 de junio de 2014, por mayoría absoluta del número legal de miembros que componen la Corporación.

Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento de los Jueces de Paz, relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades, y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Nombrar juez de paz sustituto de Los Santos de la Humosa a don Félix Montoiro Castrejón.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado decano de primera instancia e instrucción de Alcalá de Henares, partido judicial al que pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa, al Juzgado de paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado expido y firmo la presente en Madrid a 21 de julio de 2014.—Firmado.

(03/24.883/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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