Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
29-08-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140829-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

114
Procedimiento 1.420 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.420 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Noelia Carmona Martínez, frente a “Fénix Helth Sciencies, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 347 de 2014

En Madrid, a 22 de julio de 2014.—Vistos por mí, doña Carmen Durán de Porras, magistrada-juez en comisión de servicios del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos sobre despido, seguidos con el número 1.420 de 2013, instados por doña Noelia Carmona Martínez, representada por la letrada señora López Jáuregui, contra “Fénix Helth Sciencies, Sociedad Limitada”, que no ha comparecido, habiéndose dado intervención al Fondo de Garantía Salarial y al ministerio fiscal.

Fallo

Que estimando la demanda que en materia de despido ha interpuesto doña Noelia Carmona Martínez, contra “Fénix Health Sciencies, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del que fue objeto la actora el día 12 de noviembre de 2013, y constando el cierre de la empresa y el cese de sus actividades y siendo imposible la readmisión, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral con fecha de efectos de esta resolución (21 de julio de 2014), condenando a la demandada a que abone a la actora en concepto de indemnización la cantidad de 1.507 euros, así como al abono de los salarios devengados desde la fecha del despido a la de la presente resolución a razón de 54,79 euros diarios, y todo ello con intervención del Fondo de Garantía Salarial y del ministerio fiscal.

Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestacion ante este Juzgado de lo social.

Si recurre la parte demandada y condenada deberá acreditar al anunciar el recurso el ingreso del importe de la condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones”, así como la cantidad de 300 euros en concepto de depósito para recurrir.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la magistrada-juez de lo social que la firma estando celebrando audiencia pública, de lo que yo, la secretaria, doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Fénix Helth Sciences, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.891/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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