Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
26-08-2014

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140826-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Modificación de precios públicos servicio ayuda a domicilio

Aprobación de la modificación de precios públicos para la prestación del servicio de ayuda a domicilio.

La Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria celebrada el 25 de julio de 2014, aprobó la modificación de precios públicos para la prestación del servicio de ayuda a domicilio.

En ejecución del acuerdo, se establecen los siguientes precios públicos para la prestación del servicio de ayuda a domicilio:

— Precio hora laborable: 15 euros + IVA aplicable.

— Precio hora festiva: 17 euros + IVA aplicable.

Los precios aprobados serán de aplicación en el presente ejercicio 2014, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.4 de la ordenanza de normas generales para el establecimiento o modificación de precios públicos por el Ayuntamiento de Galapagar, continuando en vigor hasta su modificación o derogación.

Remitirse para todos los aspectos no recogidos en el presente, a lo dispuesto en la ordenanza municipal de precios públicos y demás normas aplicables.

Régimen de recursos: contra el acuerdo de aprobación de la modificación de precios públicos para la prestación del servicio de ayuda a domicilio, al tratarse de una disposición de carácter general cabe interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo que disponen los artículos 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Galapagar, a 5 de agosto de 2014.—El alcalde-presidente accidental, Fernando Arias Moral.

(03/24.949/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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