Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
22-08-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140822-18

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

18
Plan especial de protección y ordenación finca Torre Arias

Expediente número 711/2014/5490.

El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en su sesión celebrada el 30 de julio de 2014, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública, en los términos y con base en los argumentos recogidos en el informe de la Dirección General de Planeamiento, de 11 de julio de 2014, obrante en el expediente.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Protección y Ordenación para la finca “Torre Arias”, sita en calle Alcalá, número 551, Distrito de San Blas-Canillejas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59, en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con previsión de constitución de un complejo inmobiliario, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la citada Ley».

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio recibió con fecha 1 de agosto de 2014 una copia del expediente del Plan Especial de Protección y Ordenación para la finca “Torre Arias”, sita en la calle de Alcalá, número 551, Distrito de San Blas-Canillejas, aprobado, y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID; todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.3 de la Ley de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1988; todo ello, sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publican las normas urbanísticas del Plan Especial de Protección y Ordenación para la finca “Torre Arias”, sita en la calle de Alcalá, número 551, Distrito de San Blas-Canillejas.

I. NORMAS URBANÍSTICAS

Normas: en todo lo no especificado en el Plan Especial, serán de aplicación las disposiciones del Plan General 1997 y, en particular, lo recogido en el título 4, “Condiciones de protección del patrimonio histórico y natural”; capítulo 7.8, “Condiciones del uso dotacional Zona Verde”, y capítulo 8.3, “Condiciones particulares de la Zona 3, volumetría específica”.

Edificación: norma zonal de aplicación: 3-1.o a.

Régimen de protección del Plan Especial:

— Edificios nivel 1. Grado Singular: palacio, caballerizas, casa de guarda.

— Elementos Singulares:

Nivel 1 de Protección Histórico-Artística:

• Chimeneas 1, 2, 3, 4 y 5.

• Fuente del patio de palacio.

• Puerta acceso norte.

• Puerta acceso sur.

• Muro vallado perimetral.

• Pozo oeste.

• Jarrón.

• Estanque y fuente al sur del palacio.

• Puente principal.

Nivel 2 de Protección Histórica:

• Invernadero.

• Alberca-canal de caballerizas.

• Arco arroyo.

• Cenador junto al palacio.

• Noria de agua.

• Fuente en arroyo.

• Lavadero de agua en arroyo.

• Dos puentes sobre el arroyo.

Nivel 3 de Protección Referencial:

• Chimeneas de palacio 6, 7, 8 y 9.

• Tinajas patio caballerizas.

• Piezas piedra de Colmenar.

• Tiradores.

— Arbolado singular:

• Quercus rotundifolia Lam.

• Cedrus Deodara (D. Don, G. Don).

• Cedrus Deodara (D. Don, G. Don).

• Pinus Pinea L.

• Pinus Pinea L.

• Prunas Dulces (Mill.) D.A.

Usos: la Zona Verde Singular se regula según artículo 7.8.5 de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid 1997.

La edificación existente se regula según lo dispuesto para la NZ 3.1.o a, en las normas urbanísticas.

Edificabilidad: la existente, 7.031,16 metros cuadrados.

Ocupación máxima: la existente, situada en las áreas de ocupación definidas en el plano número 25: usos y área de movimiento.

Alturas: sótano, baja y primera.

Régimen de obras: según artículo 8.3.5 de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid 1997 y para los edificios catalogados el régimen pormenorizado de las obras en es el que figura en el apartado 6.4.3 de la memoria del Plan Especial.

Mediante este plan especial se autorizan obras de sustitución de los edificios no catalogados, trasladando la edificabilidad existente a una nueva edificación que se situará en el área de movimiento prevista en planos, con una altura máxima de dos plantas sobre rasante más sótano.

Madrid, a 1 de agosto de 2014.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/24.765/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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