Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 196

Fecha del Boletín 
19-08-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140819-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

115
Ejecución 270 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Nieves Prieto Berrocal, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 270 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sandra Noemí Monge Oviedo, frente a “Best Case, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda:

Primero. Procédase a la reapertura de las presentes actuaciones, y constando consignada la cantidad de 475,01 euros, póngase a disposición de doña Sandra Noemí Monge Oviedo dicha cantidad en concepto de parte de principal, debiendo para ello comparecer en la Secretaría de este Juzgado a fin de retirar el oportuno mandamiento una vez firme la presente resolución.

Segundo. Se acuerda actualizar la cantidad por la que la ejecutada “Best Case, Sociedad Limitada”, ha sido declarada en insolvencia, ascendiendo el nuevo importe a 5.053,35 euros.

Tercero. Una vez efectuado el pago, archívense las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Best Case, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.056/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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