Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140814-41

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

41
Creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal

Conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se procede a la publicación del presente acuerdo aprobado por la Junta de Gobierno Local de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de julio de 2014:

18/376. CREACIÓN Y MODIFICACIÓN DE FICHEROS DE CARÁCTER PERSONAL (expediente 240/2014)

Visto el expediente de referencia y la proposición emitida al respecto por el concejal-delegado de Recursos Humanos, Administración y Asesoría Jurídica, señor Serrano Rodríguez, de 16 de julio de 2014, y cuyo contenido es del siguiente tenor literal:

«Proposición que presenta el concejal-delegado de Recursos Humanos, Administración y Asesoría Jurídica en relación con la creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal.

A la vista del informe emitido al efecto por la técnico de Administración General de Asesoría Jurídica de 16 de julio de 2014, cuyo contenido se transcribe a continuación:

“Informe que presenta la técnico de Administración General de Asesoría Jurídica en relación con la creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal.

Mediante NRI de 16 de julio de 2014, por la Concejalía de Seguridad y Movilidad se solicita la creación del fichero de datos de carácter personal ‘Video Vigilancia Recinto Ferial’, acompañando a la solicitud la preceptiva autorización otorgada por la Delegación del Gobierno en Madrid, en relación con la instalación de cámaras en el recinto ferial durante la celebración de las Fiestas Patronales 2014.

Mediante NRI de 1 de julio de 2014, por la Concejalía de Cultura, Centros Culturales y Bibliotecas se solicita la modificación del fichero de datos de carácter personal ‘Bibliotecas’ para incluir la cesión de datos a tercero, con motivo de la creación del catálogo único por parte de la Comunidad de Madrid.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

Es competente para su aprobación la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento.

Es cuanto tengo que informar.

Alcorcón, a 16 de julio de 2014.—La técnico de Administración General, María Ángeles Sanz Caparroz.—Firma ilegible”.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, tengo el honor de proponer:

Primero.—Aprobar la creación del fichero denominado ‘Videovigilancia Recinto Ferial’ incluido en el anexo I de este acuerdo, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Segundo.—Aprobar la modificación del fichero denominado ‘Bibliotecas’ incluido en el anexo II de este acuerdo, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Tercero.—Los ficheros que se recogen en los mencionados anexos se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Cuarto.—En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, la creación y modificación de los ficheros recogidos en los anexos será notificada para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este acuerdo de Pleno en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto.—El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Alcorcón a 16 de julio de 2014.—El concejal-delegado Recursos Humanos, Administración y Asesoría Jurídica, Eduardo Serrano Rodríguez».

Considerando, asimismo, los informes emitidos al efecto por la Bibliotecaria Municipal, y la Concejalía de Seguridad y Movilidad, de 1 y 16 de julio de 2014, respectivamente, los cuales constan en el presente expediente.

A la vista de cuanto antecede, la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad, aprobar la proposición transcrita y en consecuencia, por los motivos expuestos en la misma y considerando igualmente lo expresado en los informes obrantes en la presente resolución:

1.o Aprobar la creación del fichero denominado ‘Videovigilancia Recinto Ferial’ incluido en el anexo I de este acuerdo, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo, anexo que se transcribe a continuación:

“ANEXO I

Fichero de nueva creación

Fichero: VIDEOVIGILANCIA RECINTO FERIAL.

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: VIDEOVIGILANCIA RECINTO FERIAL.

a.2) Finalidad y usos previstos: VIDEOVIGILANCIA DEL RECINTO FERIAL, calle Parque Ferial, durante las Fiestas Patronales 2014.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Ciudadanos y Residentes, Asistentes a las Fiestas Patronales.

b.2) Procedencia:

— El propio interesado o su representante legal.

— Procedimiento de recogida: imágenes vía telemática

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

— Datos identificativos: Imagen.

c.2) Sistema de tratamiento: automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Juzgados y fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero: Ayuntamiento de Alcorcón.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Ayuntamiento de Alcorcón, plaza de España, número 1, 28921 Alcorcón (Madrid).

h) Nivel de medidas de seguridad: nivel básico”.

2. Aprobar la modificación del fichero denominado ‘Bibliotecas’ incluido en el anexo II de este acuerdo, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo, anexo que se transcribe a continuación:

“ANEXO II

Modificación de fichero

Fichero: BIBLIOTECAS (cód. ins. 2080110778).

a) Cesión o comunicación de datos:

— Destinatarios: Administraciones Públicas con competencia en la materia”.

3. Los ficheros que se recogen en los mencionados anexos se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

4. En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, la creación y modificación de los ficheros recogidos en los anexos será notificada para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este acuerdo de Pleno en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

5. El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

6. Comunicar a la Concejalía de Recursos Humanos, Administración y Asesoría Jurídica, que deberá proceder a la tramitación del presente expediente de la forma legalmente preceptiva.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Alcorcón, a 28 de julio de 2014.—El concejal-delegado de Recursos Humanos, Administración y Asesoría Jurídica, Eduardo Serrano Rodríguez.

(03/24.454/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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