Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140814-165

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

165
Procedimiento 604 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 604 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marta Pérez Puerta, frente a “Etueri, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando totalmente la demanda interpuesta por doña Marta Pérez Puerta, frente a la empresa “Etueri, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora, y siendo imposible la readmisión declaro improcedente el despido de la actora, y siendo imposible la readmisión declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución, y condeno a la empresa demandada a que indemnice a la actora con la suma de 137,44 euros, así como a los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (22 de abril de 2014) hasta la presente resolución a razón de 8,33 euros/día.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación por medio de comparecencia o por escrito.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez de lo social que la firma estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Etueri, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 16 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.724/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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