Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
14-08-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140814-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37

79
Procedimiento 458 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Purificación Fernández Suárez, secretaria judicial con destino en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de juicio de cambiario número 458 de 2013 a instancias de “Pagaralia, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Gonzalo Mendívil Martín, contra “Gestión de Patrimonio Broad, Sociedad Limitada”, sobre otras materias, y ante el ignorado domicilio de la demandada se ha acordado librar el presente a fin de notificar a la misma el auto de fecha 15 de enero de 2014 dictado en el procedimiento de referencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Despachar a instancia de procurador don Gonzalo Mendívil Martín, en nombre y representación de “Pagaralia, Sociedad Limitada”, parte ejecutante, ejecución frente a “Gestión de Patrimonio Broad, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por las siguientes cantidades: 6.300 euros correspondientes a un pagaré y 5.200 euros correspondientes a otro pagaré y 20 euros de gastos, lo que hace un total de 11.520 euros (de los que se encuentra consignada en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado la cantidad de 5.137,84 euros) y de 3.456 euros en concepto de intereses de demora, gastos y costas, pendiente esta última cantidad de ulterior liquidación, cuya ejecución se sustanciará conforme a lo previsto para la ejecución de las resoluciones judiciales o arbitrales.

2. Advertir a la parte demandante de que los bienes embargados preventivamente se realizarán a su instancia, presentando la correspondiente demanda de ejecución, si a su derecho interesa, conforme a lo legalmente previsto para el procedimiento de apremio.

3. La presente resolución se notifica a las partes y a la parte demandada por edicto publicado en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que se entrega este último a la parte actora para que cuide de su diligenciado.

4. Hágase entrega a la parte demandante de la cantidad consignada y que asciende a la suma de 5.137,84 euros, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago, haciéndole saber que el mismo caducará en el lazo de tres meses a partir del día de su expedición de conformidad con lo establecido en el disposición transitoria segunda del Real Decreto 467/2006, de 21 de abril.

Modo de impugnación: esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la deudora pueda oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguientes a la notificación del auto por alguno de los motivos señalados en el artículo 556.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, pero con los efectos previstos en el apartado 2 del mismo precepto.

Así lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada rebelde, cuyo domicilio se ignora, a la que se le hace saber que la resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la deudora pueda oponerse a la ejecución despachada dentro de los diez días siguientes a la notificación del auto por alguno de los motivos señalados en el artículo 556.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, pero con los efectos previstos en el apartado 2 del mismo precepto.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido la presente en Madrid, a 15 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(02/5.153/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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