Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
13-08-2014

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140813-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

69
Procedimiento ordinario 1.285 de 2012

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

Doña Beatriz Crespo Marqués, secretaria judicial de la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Doy fe: Que en el procedimiento ordinario número 1.285 de 2012 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 30 de abril de 2014.—Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el recurso contencioso-administrativo número 1.285 de 2012, interpuesto por don Pedro Antonio Mesa Romero, representado por la procuradora doña Gloria Rincón Mayoral, contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama de fecha 3 de julio de 2012 por el que se aprueban los presupuestos para el año 2012 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 16 de julio de 2012). Ha sido parte demandada el Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama, representado por el letrado don Carlos Ríos Izquierdo.

Fallamos

Que estimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Pedro Antonio Mesa Romero, representado por la procuradora doña Gloria Rincón Mayoral, contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama de fecha 30 de noviembre de 2005, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 3 de julio de 2012 por el que se aprueban los presupuestos para el año 2012 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 16 de julio de 2012), que se anula por no ajustarse al ordenamiento jurídico, imponiendo al Ayuntamiento demandado las costas causadas en la primera instancia con la limitación establecida en el último fundamento jurídico de la presente.

Procédase a la publicación del fallo de esta sentencia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el plazo de los diez días siguientes a la firmeza de la presente sentencia.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que se deberá preparar, ante esta Sala, en el plazo de diez días a partir de su notificación, previa constitución del depósito previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no admitir a trámite dicho recurso.

Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de esta Sección con el número 2612 (“Banesto”), especificando en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “24 Contencioso-Casación” (50 euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los dieciséis dígitos de la cuenta expediente (separados por un espacio).

En su momento, devuélvase el expediente administrativo al departamento de su procedencia, con certificación de esta resolución.

Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Lo que se anuncia para que sirva de notificación a los interesados expido el presente edicto que firmo.

En Madrid, a 14 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.743/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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