Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140812-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 13

79
Procedimiento 2.215 de 2010

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 2.215 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado sentencia de fecha 6 de noviembre de 2012, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 974

En Madrid, a 6 de noviembre de 2012.—Vistos por mí, doña María Soledad Escolano Enguita, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 13 de Madrid y su partido, los autos de juicio ordinario número 2.215 de 2010, siendo parte demandante, “Banque PSA Finance” (sucursal en España), representada por el procurador de los tribunales don Antonio García Martínez y bajo la dirección del letrado don Manuel Guerrero Pedrosa, y parte demandada, don Rodrigo Murillo Oliva y doña Guery Mariscal Carrillo, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Estimando parcialmente la demanda interpuesta por “Banque PSA Finance” (sucursal en España), representada por el procurador don Antonio García Martínez, contra don Rodrigo Murillo Oliva y doña Guery Mariscal Carrillo, condeno a don Rodrigo Murillo Oliva y doña Guery Mariscal Carrillo a pagar a la actora la cantidad de 12.811,92 euros, más los intereses pactados, sin expresa imposición de las costas de este juicio.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, debiendo presentarse, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente a la notificación de esta sentencia. Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en “Banesto” con el número 2441/0030/00/2215/10, consignación que deberá ser acreditada al presentar el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial), encontrándose exentos de constituir el mismo los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia a doña Guery Mariscal Carrillo bajo los apercibimientos legales.

En Madrid, a 4 de julio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.100/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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