Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
04-08-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140804-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

52
Procedimiento 61 de 2014

EDICTO

Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado, y con número MMC 61 de 2014, se siguen autos sobre modificación de medidas, a instancias de doña Carolina Tornero Robles, y en su nombre y representación el procurador don José Enrique Ríos Fernández, contra don Iván Gil Fernández de Mera, declarado en rebeldía procesal y en paradero desconocido, en cuyos autos se ha dictado sentencia con fecha 10 de julio de 2014, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia

Vistos por mí, doña Ana Belén López Otero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid, las presentes actuaciones de modificación de medidas tramitadas con el número 61 de 2014, en el que han intervenido: como demandante, doña Carolina Tornero Robles, representada por el procurador de los tribunales señores Ríos Fernández y asistida por la letrada señora Ramírez Boero, y como demandado, don Iván Gil Fernández de Mera, en situación de rebeldía procesal, interviniendo asimismo el ministerio fiscal ejerciendo las funciones que la Ley le asigna, en virtud de las siguientes consideraciones:

Dispongo: Estimar parcialmente la demanda de modificación de medidas interpuesta por doña Carolina Tornero Robles, frente a don Iván Gil Fernández de Mera, y en consecuencia, se acuerda atribuir el ejercicio exclusivo de la patria potestad de la menor, Alba María Gil Tornero, a la señora Tornero Robles, acordándose, asimismo, suspender el régimen de visitas establecido a favor del señor Gil Fernández de Mera, todo ello sin expresa imposición de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación para su posterior resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial, previo depósito de la suma de 50 euros.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de sentencia al demandado rebelde don Iván Gil Fernández de Mera, en paradero desconocido, expido el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, constando en autos la concesión del beneficio de justicia gratuita a la parte actora.

En Madrid, a 10 de julio de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/23.262/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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