Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
01-08-2014

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140801-39

Páginas: 8


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DEL ARROYO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

39
Ordenanza creación, modificación y supresión ficheros de datos de carácter personal

Se hace público a efectos del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 4 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo definitivo de aprobación de las ordenanzas del Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo, que fue adoptado provisionalmente por el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión celebrada el día 28 de abril de 2014. Publicado anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 122, de 24 de mayo de 2014; transcurrido el plazo de treinta días hábiles de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones, y en virtud del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra el presente acuerdo solo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la Ley 29/1998, reguladora de dicha jurisdicción.

MODIFICACIÓN, CREACIÓN Y SUPRESIÓN DE FICHEROS ANTE LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS

ORDENANZA DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DEL ARROYO POR LA QUE SE CREAN, MODIFICAN Y SUPRIMEN FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DEL ARROYO

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o mixto.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma, una vez sometido a debate, se adopta, por unanimidad (ocho votos a favor, cero votos en contra, cero abstenciones), el siguiente acuerdo:

Primero.—Los ficheros del Ayuntamiento de Colmenar del Arroyo serán los contenidos en los anexos de esta ordenanza.

Segundo.—Se crean los ficheros incluidos en el anexo I de esta ordenanza, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999.

Tercero.—Los ficheros incluidos en el anexo II de esta ordenanza, creados por disposiciones generales anteriores, se adaptarán a las descripciones contenidas en los apartados correspondientes del citado anexo, de acuerdo a lo especificado en el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999.

Cuarto.—Se suprime el fichero incluido en el anexo III de esta ordenanza, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.3 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999.

Quinto.—Los ficheros que se recogen en los anexos de esta ordenanza se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

Sexto.—En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de esta ordenanza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Séptimo.—La presente ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

FICHEROS DE NUEVA CREACIÓN

Fichero: ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS.

a) Identificación del fichero:

a.1) Identificación del fichero: actividades culturales y deportivas.

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión integral de todas las actividades culturales y deportivas organizadas por o en el municipio. Fomento y apoyo a actividades artísticas y culturales.

b) Origen de los datos:

b.1) Colectivo: vecinos y ciudadanos.

b.2) Procedencia: el propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: mediante la cumplimentación de formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

— Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma.

— Otros datos especialmente protegidos: salud (recabados con consentimiento expreso del afectado).

— Otras categorías de carácter personal: fecha de nacimiento, edad, sexo, características físicas o antropométricas. Pertenencia a clubes o asociaciones. Datos bancarios, seguros.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas: clubes deportivos y federaciones. Entidades que ofrecen actividades lúdicas, con el consentimiento de los interesados.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

g) Nivel de medidas de seguridad: nivel alto.

Fichero: ATENCIÓN AL CIUDADANO.

a) Identificación del fichero:

a.1) Identificación del fichero: servicios.

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión integral de los servicios generales ofrecidos por el municipio: atención al público, reclamaciones, sugerencias, subvenciones, IMSERSO, ayuda al ciudadano.

b) Origen de los datos:

b.1) Colectivo: vecinos y ciudadanos.

b.2) Procedencia: el propio interesado o su representante legal. Otras Administraciones Públicas.

Procedimiento de recogida: mediante la cumplimentación de formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

— Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma.

— Otras categorías de carácter personal: fecha de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Administraciones Públicas, con el consentimiento de los afectados.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

g) Nivel de medidas de seguridad: nivel básico.

Fichero: CENSO VEHÍCULOS.

a) Identificación del fichero:

a.1) Identificación del fichero: censo vehículos.

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión integral del censo de vehículos del municipio.

b) Origen de los datos:

b.1) Colectivo: vecinos y ciudadanos.

b.2) Procedencia: el propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: mediante la cumplimentación de formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

— Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, firma.

— Otras categorías de carácter personal: licencias, permisos, autorizaciones. Datos bancarios.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Administración General del Estado, correspondiendo a competencias idénticas o que versan sobre las mismas materias.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

g) Nivel de medidas de seguridad: nivel básico.

Fichero: LICENCIAS Y PERMISOS.

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos:

a.1) Identificación del fichero: licencias y permisos.

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión integral de todo tipo de licencias y permisos.

b) Origen de los datos:

b.1) Colectivo: vecinos y ciudadanos.

b.2) Procedencia: el propio interesado o su representante legal. Otras Administraciones Públicas.

Procedimiento de recogida: mediante la cumplimentación de formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

— Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma.

— Otras categorías de carácter personal:

• Datos de características personales: fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, nacionalidad.

• Datos de circunstancias sociales: características de alojamiento, vivienda. Licencias, permisos, autorizaciones.

• Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones. Experiencia profesional.

• Datos de información comercial: actividades y negocios. Licencias comerciales.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Administraciones Públicas, respondiendo el tratamiento a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implica necesariamente la comunicación de los datos a terceros.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

g) Nivel de medidas de seguridad: nivel básico.

Fichero: GESTIÓN POLÍTICA.

a) Identificación del fichero:

a.1) Identificación del fichero: gestión política.

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión integral de concejales, grupos políticos y actas de juntas de gobierno, plenos, etcétera.

b) Origen de los datos:

b.1) Colectivo: vecinos y ciudadanos.

b.2) Procedencia: el propio interesado.

Procedimiento de recogida: mediante la cumplimentación de formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

— Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas: no se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

g) Nivel de medidas de seguridad: nivel básico.

Fichero: BIBLIOTECA

a) Identificación del fichero:

a.1) Identificación del fichero: biblioteca.

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión integral de todas las actividades de la biblioteca municipal y de los servicios que ofrece.

b) Origen de los datos:

b.1) Colectivo: vecinos y ciudadanos.

b.2) Procedencia: el propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: mediante la cumplimentación de formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

— Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas: no se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

g) Nivel de medidas de seguridad: nivel básico.

ANEXO II

FICHEROS QUE SE MODIFICAN

Fichero: GESTIÓN ECONÓMICA.

a) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

a.1) Estructura:

— Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma.

— Otras categorías de carácter personal:

• Datos de información comercial: actividades y negocios.

• Datos económico-financieros y de seguros: ingresos, rentas, inversiones, bienes patrimoniales, datos bancarios, datos económicos de nómina, datos de deducciones impositivas y/o impuestos.

• Datos de transacciones: bienes y servicios suministrados por el afectado o recibidos por el afectado, transacciones financieras, compensaciones, indemnizaciones.

a.2) Sistema de tratamiento: fichero mixto.

b) Comunicaciones de los datos previstas: Administraciones Públicas, respondiendo el tratamiento a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros. Bancos, cajas de ahorro y cajas rurales.

c) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

Órgano responsable: Alcaldía.

Fichero: GESTIÓN DE PERSONAL (ANTES “GESTIÓN DE NÓMINA PERSONAL MUNICIPAL”).

a) Identificación del fichero:

a.1) Identificación del fichero: gestión de personal (antes “gestión de nómina personal municipal”).

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión integral del personal, tanto laboral como público, presente y futuro.

b) Origen de los datos:

b.1) Colectivo: personal, empleados, funcionarios.

b.2) Procedencia: el propio interesado o su representante legal. Administraciones Públicas.

Procedimiento de recogida: a través de la cumplimentación de un formulario. A través del Instituto Nacional de Empleo.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

— Datos identificativos: NIF/DNI, número Seguridad Social/Mutualidad, número registro personal, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma.

— Otras categorías de carácter personal:

• Datos de características personales: estado civil, datos de familia, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad, firma electrónica.

• Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, experiencia profesional.

• Datos de detalles de empleo: cuerpo/escala, categoría/grado, puestos de trabajo, datos no económicos de nómina, historial del trabajador.

• Datos económico-financieros y de seguros: datos bancarios, datos económicos de nómina, seguros.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Administraciones Públicas, respondiendo el tratamiento a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implique necesariamente la comunicación de los datos a terceros. Bancos, cajas de ahorro y cajas rurales. Entidades aseguradoras.

e) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

Órgano responsable: Alcaldía.

Fichero: CENSO DE ANIMALES DOMÉSTICOS.

a) Identificación del fichero:

a.1) Identificación del fichero: censo de animales domésticos.

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión integral del censo de animales domésticos del municipio.

b) Origen de los datos:

b.1) Colectivo: vecinos y ciudadanos.

b.2) Procedencia: el propio interesado o su representante legal.

Procedimiento de recogida: mediante la cumplimentación de formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

— Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma.

— Datos relativos a la comisión de infracciones: infracciones penales, en virtud de la ordenanza municipal reguladora de la tenencia y protección de animales domésticos de compañía publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 290, de 5 de diciembre de 2003.

— Otras categorías de carácter personal:

• Datos de circunstancias sociales: licencias, permisos, autorizaciones.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Administraciones Públicas, respondiendo el tratamiento a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implica necesariamente la comunicación de los datos a terceros.

e) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Alcaldía.

g) Nivel de medidas de seguridad: nivel medio.

Órgano responsable: Alcaldía.

Fichero: REGISTRO ENTRADA SALIDA.

a) Origen de los datos:

a.1) Colectivo: vecinos y ciudadanos. Empleados. Cargos públicos. Administraciones Públicas.

a.2) Procedencia: el propio interesado o su representante legal. Otras personas físicas. Administraciones Públicas. Empleados. Cargos públicos.

Procedimiento de recogida: mediante la cumplimentación de formularios.

b) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

b.1) Estructura:

— Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma, breve descripción de lo solicitado.

b.2) Sistema de tratamiento: fichero mixto.

c) Comunicaciones de los datos previstas: Administraciones Públicas, respondiendo el tratamiento a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implica necesariamente la comunicación de los datos a terceros.

Órgano responsable: Alcaldía.

Fichero: RECAUDACIÓN (ANTES “GESTIÓN DE IMPUESTOS MUNICIPALES”).

a) Identificación del fichero:

a.1) Identificación del fichero: recaudación (antes “gestión de impuestos municipales”).

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión integral de la recaudación municipal.

b) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

b.1) Estructura:

— Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma.

b.2) Sistema de tratamiento: fichero mixto.

c) Comunicaciones de los datos previstas: entidades privadas y Administraciones Públicas, respondiendo el tratamiento a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo, cumplimiento y control implica necesariamente la comunicación de los datos a terceros. Bancos, cajas de ahorros y cajas rurales.

Órgano responsable: Alcaldía.

Fichero: PADRÓN (ANTES “PADRÓN MANUAL”).

a) Identificación del fichero:

a.1) Identificación del fichero: padrón (antes “padrón manual”).

a.2) Finalidad y usos previstos: gestión integral del registro administrativo de los vecinos.

b) Origen de los datos:

b.1) Colectivo: vecinos y ciudadanos.

b.2) Procedencia: el propio interesado o su representante legal. Administraciones Públicas.

Procedimiento de recogida: mediante la cumplimentación de formularios.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización:

c.1) Estructura:

— Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, firma.

— Otras categorías de carácter personal:

• Datos de características personales: fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo, nacionalidad.

c.2) Sistema de tratamiento: fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas: Administraciones Públicas, correspondiendo a competencias idénticas o que versan sobre las mismas materias.

Órgano responsable: Alcaldía.

ANEXO III

FICHEROS QUE SE SUPRIMEN

Fichero: WPADRON.

Colmenar del Arroyo, a 9 de julio de 2014.—La alcaldesa, Ana Belén Barbero Martín.

(03/23.024/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140801-39