Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179

Fecha del Boletín 
30-07-2014

Sección 1.4.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140730-19

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA

19
RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2014, del ilustrísimo señor Director General de Transportes, por la que se hace pública la notificación de la Resolución de 27 de marzo de 2014, de la Dirección General de Transportes, por la que se solicita la aportación de documentación para el otorgamiento de 18 nuevas autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor (Ed. 123/14).

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de su destinatario de la Resolución de 27 de marzo de 2014, por la que se dispone la ejecución de las sentencias de 28 de diciembre de 2012, de la Sección 8 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, y de 29 de enero de 2014, de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, por la que se solicita la aportación de documentación para el otorgamiento de 18 nuevas autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, para la solicitud que se relaciona en el Anexo,

HE RESUELTO

Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y exposición en el tablón de edictos del correspondiente Ayuntamiento, a los efectos previstos en el número 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992).

En virtud de lo anterior y en ejecución de las competencias atribuidas en el Decreto 109/2012, de 4 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda, y de conformidad con el artículo 14.3 de la Orden de Fomento 36/2008, de 9 de enero, procede notificar la citada Resolución para que en el plazo de tres meses, contados a partir del día siguiente a su publicación se aporte al expediente la documentación requerida, con la advertencia de que, de no hacerlo así, se procederá al archivo del expediente sin más trámites.

El mencionado plazo de tres meses podrá, excepcionalmente, ser ampliado como máximo hasta otros tres meses más, cuando, antes de cumplirse aquel, el interesado así lo solicitara justificando suficientemente la imposibilidad de disponer del vehículo al que la autorización haya de referirse dentro del plazo inicial.

Madrid, a 10 de julio de 2014.—El Director General de Transportes, Federico Jiménez de Parga Maseda.

ANEXO

Interesado: “Aucona 2000 Servicios Integrales, Sociedad Limitada”.

Último domicilio conocido: La Plata, número 4, 28021 Madrid.

Expediente: …

Documentación requerida: CIF, justificante del pago de las tasas, alta en el censo de obligados tributarios, certificación de inexistencia de deudas con la AEAT, certificado de inexistencia de deudas con la Seguridad Social, permiso de circulación, ficha de Inspección Técnica de los Vehículos, póliza y recibo de seguro de responsabilidad civil hasta 50.000.000 de los vehículos.

(03/23.348/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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