Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 179

Fecha del Boletín 
30-07-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140730-171

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

171
Ejecución 334 de 2013

EDICTO

Doña Vicenta García-Saavedra Bastazo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 334 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Carmen Marta Bermejo Díaz Maroto, contra la empresa “Corvi Canalizaciones y Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Vicenta García-Saavedra Bastazo.—En Toledo, a 2 de julio de 2013.

Visto el contenido del acta de subasta celebrada en el día de hoy, a las trece horas, don José Luis Yepes Escalera ha ofrecido en el acto de la subasta las siguientes cantidades:

Por el vehículo matrícula 9877FLY, modelo Touareg 3.0, marca “Volkswagen”, valor de tasación 12.700 euros, se ofrece la cantidad de 3.811 euros.

Por el vehículo matrícula 0070FDH, modelo Cabstar, marca “Nissan”, se ofrece la cantidad de 200 euros.

Siendo dichas cantidades inferiores al 50 por 100 del avalúo de los bienes, conforme a lo dispuesto en el artículo 650.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, acuerdo hacer saber a la ejecutada que en el plazo de diez días podrá presentar un tercero que mejore dicha postura, ofreciendo cantidad superior al 50 por 100 del valor de tasación o que, aún siendo inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho de la ejecutante.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Cuando el recurrente no ostente la condición de trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, este deberá consignar en la cuenta del Juzgado en “Banesto”, oficina principal de Toledo, número 4321/0000/64/0334/13, la cantidad de 25 euros.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Corvi Canalizaciones y Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 2 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.047/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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