Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 178

Fecha del Boletín 
29-07-2014

Sección 2.111.40.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140729-15

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Delegación de Economía y Hacienda de Madrid

15
Notificación expediente

Referencia aplazamiento número 3880/1800/13.

Por la presente se notifica al contribuyente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre), al no haber podido realizarse la notificación en el domicilio que figura en los documentos existentes en esta Delegación. Por lo que se hace saber:

Con fecha 11 de diciembre de 2013 ha tenido entrada en esta Delegación de Economía y Hacienda la petición de fraccionamiento formulada por “Every View, Sociedad Limitada”, con NIF B-83450551, para el recargo de una deuda con número de liquidación 00028201300185679, correspondiente a un reintegro de préstamo por importe de 116.836,29 euros.

Examinada la solicitud, se le requirió para que de acuerdo con lo establecido en el artículo 46.6 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, aportara la documentación que por este órgano competente se estimaba necesaria para poder continuar con la tramitación del expediente de fraccionamiento.

Con fecha 12 de marzo de 2014, “Every View, Sociedad Limitada”, y para dar cumplimiento al requerimiento recibido, aporta, entre otros, garantía consistente en un sistema de software con hardware asociado según requisitos técnicos, funcionales y de calidad concretos.

Con fecha 18 de marzo de 2014, se vuelve a requerir al no considerarse idónea la garantía ofrecida, y en contestación a dicho requerimiento “Every View, Sociedad Limitada”, ofrece como garantía el 16,2816 por 100 del pleno dominio de la finca registral de Villa Real número 10.367, a nombre de “José Juan F. Meneu, Sociedad Limitada”.

Una vez estudiada la garantía ofrecida y de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.4 del Reglamento General de Recaudación, esta Delegación de Economía y Hacienda considera la no idoneidad de dicha garantía al no corresponder la titularidad del inmueble a la sociedad titular de la deuda para la que se ha solicitado fraccionamiento, por lo que se le requiere para que en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al recibo de esta notificación aporte otro tipo de garantías o bien acredite la imposibilidad de aportarla, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.4 y 5 del Reglamento General de Recaudación.

Si este requerimiento no es atendido o, siéndolo, no se entiende complementada la garantía en el plazo de diez días, contados a partir de la notificación de este requerimiento, que deberá remitirse a la Delegación de Economía y Hacienda, calle Guzmán el Bueno, número 139, tercera planta, despacho 306, 28071 Madrid, se procederá a la denegación de la solicitud de aplazamiento.

Madrid, a 1 de julio de 2014.—El delegado de Economía y Hacienda, José Luis Torres Fernández.

(02/4.486/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.111.40.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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