Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
25-07-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140725-134

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

134
Procedimiento ordinario 1.424 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.424 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de los Ángeles del Río Antón, frente a “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 242 de 2014

En Madrid, a 24 de junio de 2014.—Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 1.424 de 2013, sobre cantidad, seguidos entre partes: de una, como demandante, doña María de los Ángeles del Río Antón, asistida del letrado don José Antonio Serrano Martínez, y de otra, como demandada, “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada, ha pronunciado en nombre del Rey el siguiente

Fallo

Que estimando la demanda promovida por doña María de los Ángeles del Río Antón, frente a la empresa “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la demandante por los conceptos reclamados en su demanda la cantidad de 2.094,18 euros, más un 10 por 100 en concepto de interés anual por mora en proporción al período transcurrido desde el día 31 de octubre de 2013 hasta la fecha.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber de su firmeza, porque contra la misma no cabe interponer recurso alguno por razón de la cuantía.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez que la suscribe en el día de su fecha celebrándose audiencia pública.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.573/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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