Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
25-07-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140725-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

120
Procedimiento ordinario 1.199 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.199 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Isabel García Lima, doña Ana Isabel Tostón Arispe, don Antonio Ortiz Carmona, don Isidro Luis Recio Martín, doña María del Yoar Recio González y doña Silvia Palomo Martínez, frente a “Mascot Viajes, Sociedad Anónima”, y doña Cristina Sánchez Blanco, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Acuerdo aclarar el fallo de la sentencia dictada en fecha 6 de junio de 2014, en el sentido de que:

Donde dice: “…condeno a la empresa demandada a abonar a los actores las siguientes cantidades:

A doña Ana Isabel García Lima: 26.614,85 euros.

A doña Ana Isabel Tostón Arispe: 14.871,20 euros.

Y a doña Silvia Palomo Martínez: 11.916,43 euros”.

Debe decir: “…condeno a la empresa demandada a abonar a los actores las siguientes cantidades:

A doña Ana Isabel García Lima: 47.167,04 euros.

A doña Ana Isabel Tostón Arispe: 26.740,56 euros.

Y a doña Silvia Palomo Martínez: 21.488,46 euros”.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias/autos y llévese testimonio a los autos.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Mascot Viajes, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.552/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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