Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
25-07-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140725-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

65
Procedimiento 539 de 2013

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso número 539 de 2013, a instancias de la procuradora doña Ariadna Latorre Blanco, en representación de doña Aliuska Saavedra Benítez, contra don Elieser Gustavo Castañeda Bonome, declarado en rebeldía procesal y domicilio desconocido, en cuyos autos se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:

Sentencia

Vistos por mí, doña Ana Belén López Otero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid, los presentes autos de divorcio tramitados con el número 539 de 2013, en los que intervienen como demandante doña Aliuska Saavedra Benítez, representada por la procuradora de los tribunales señora Latorre Blanco y asistida por la letrada señora Sanz Vega, y como demandado don Elieser Gustavo Castañeda Bonome, en situación de rebeldía procesal, en virtud de las siguientes consideraciones.

Parte dispositiva:

Dispongo: Estimar la demanda presentada por doña Aliuska Saavedra Benítez y, en consecuencia, se declara la disolución, por divorcio, del matrimonio contraído por doña Aliuska Saavedra Benítez y don Elieser Gustavo Castañeda Bonome, sin especial pronunciamiento en cuanto a costas, y con todas las consecuencias legales inherentes a tal declaración.

Firme que sea esta sentencia, en su caso, procédase a su inscripción en el Registro Civil.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación para su posterior resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial previo depósito de la suma de 50 euros.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma al demandado rebelde don Elieser Gustavo Castañeda Bonome, con domicilio desconocido, expido el presente en Madrid, a 23 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(02/4.705/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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