Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
24-07-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140724-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

163
Ejecución 50 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 50 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de las Mercedes Miján Hoyos y doña María del Pilar Moratalla Alonso, frente a “Brokers Company Courier Worldwie, Sociedad Anónima”, “Full Transport, Sociedad Limitada”, y “Total Courier, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 1.123,16 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición de la parte actora doña María de las Mercedes Miján Hoyos la cantidad de 53,16 euros en concepto de intereses.

Póngase a disposición de la parte actora doña María del Pilar Moratalla Alonso la cantidad de 65,22 euros en concepto de intereses.

Póngase a disposición del letrado don Israel Casquete Molina la cantidad de 1.004,78 euros en concepto de honorarios.

Consultada la base de datos de los Juzgados de lo social no consta ejecución abierta contra la ejecutada, y obrando dinero en la cuenta póngase a disposición de la empresa “Full Transport, Sociedad Limitada”, la cantidad de 3.380,48 euros y a disposición de la empresa “Total Courier, Sociedad Anónima”, la cantidad de 3.380,49 euros en concepto de sobrante.

Y una vez firme la presente expídanse y entréguense los correspondientes mandamientos de devolución a los interesados en la Secretaría de este Juzgado, haciéndoles saber que los mandamientos caducan a los tres meses de su expedición.

Verificado lo anterior, y una vez se reciban los resguardos del “Banco Santander” con saldo a cero, archívense las presentes actuaciones, previa anotación en los correspondientes libros de registro de este Juzgado.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2516/0000/64/0050/14.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Brokers Company Courier Worldwie, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.214/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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