Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
24-07-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140724-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

132
Ejecución 8 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 8 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yirda Ramírez Sánchez, frente a “De Pedro y Romero 2005, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

A cuyo fin, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 268.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, líbrese mandamiento de pago a favor de doña Yirda Ramírez Sánchez por importe de 26,50 euros en concepto de parte de principal.

Asimismo, cítese a fin de que comparezca en este órgano judicial (personalmente o por persona con poder), de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, en el plazo de diez días, al objeto de proceder a su entrega, bajo apercibimiento, conforme al Real Decreto 647/2006, de 21 de abril, que caduca a los tres meses contados desde el día siguiente a la fecha de emisión, así como que transcurrido un año desde la misma sin hacer efectivo el mandamiento o sin comparecer a recogerlo se procederá a transferir dicha cantidad a la “Cuenta de fondos provinciales abandonados”.

Por economía procesal notifíquese la presente resolución solo a la parte interesada.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “De Pedro y Romero 2005, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.339/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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