Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
23-07-2014

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140723-14

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2014, del Director General de Cooperación con la Administración Local, sobre la creación y clasificación del puesto de Tesorería del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Visto que el Ayuntamiento de Torres de la Alameda ha solicitado la creación y clasificación del puesto de trabajo de Tesorería de dicho Ayuntamiento, como reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería.

Visto que consta en el expediente certificación de Secretaría del Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Torres de la Alameda, de fecha 23 de junio de 2014, por el que se solicita a la Comunidad de Madrid la creación y clasificación del puesto de Tesorería, en el sentido indicado.

De conformidad con el Informe favorable emitido por el Área de Administración y Régimen Jurídico Local de esta Dirección General de fecha 2 de julio de 2014, y con la legislación vigente.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 94/2010, de 29 de diciembre; Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, y Decreto 109/2012, de 4 de octubre.

HE RESUELTO

1. Crear y clasificar el puesto de trabajo de Tesorería del Ayuntamiento de Torres de la Alameda como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala Intervención-Tesorería, categoría Única.

2. Notificar esta Resolución al Ayuntamiento de Torres de la Alameda.

3. Publicar esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

4. Comunicar, en cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, esta Resolución a los efectos procedentes.

5. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Viceconsejería de Justicia y Administraciones Públicas, o ante el Director General de Cooperación con la Administración Local en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 2 de julio de 2014.—El Director General de Cooperación con la Administración Local, PD (Resolución de 27 de junio de 2014), el Subdirector General de Régimen Jurídico y Pacto Local, Fernando Moya Lorente.

(03/23.116/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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