Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 173

Fecha del Boletín 
23-07-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140723-174

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

174
Ejecución 248 de 2010

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia Ramos García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 248 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo Hurtado Garrido y don José Luis Hurtado Garrido, frente a “Molina Ortiz Saldaña Trujillo, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 29.689,12 euros de principal, de los cuales corresponden a don Eduardo Hurtado Garrido la cantidad de 12.982,95 euros, habiéndose aportado por la parte actora copia del auto de fecha 13 de enero de 2012 dictado en el procedimiento de declaración de herederos número 1.292 de 2011, tramitado en dicho Juzgado de primera instancia de Alcalá de Henares (Madrid) a instancias de don José Luis Hurtado Garrido, constando en dicha copia del auto que don Eduardo Hurtado Garrido falleció sin otorgar testamento y habiendo fallecido los padres del mismo, en cuya parte dispositiva declara como único y universal heredero a su hermano, don José Luis Hurtado Garrido, correspondiéndole la cantidad de 16.706,17 euros, más 1.781,34 euros de intereses y 2.968,91 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Molina Ortiz Saldaña Trujillo, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2523/0000/64/0248/10.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Molina Ortiz Saldaña Trujillo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.091/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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