Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2014

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140722-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

86
Procedimiento 1.624 de 2013

SALA DE LO SOCIAL

Sección Cuarta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO

Doña Ana María López-Medel Bascones, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Cuarta de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el procedimento número 1.624 de 2013 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de “Alumitrán, Sociedad Anónima Unipersonal”, frente a “Asepeyo”, sobre recurso de suplicación, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Ana María López-Medel Bascones.—En Madrid, a 20 de junio de 2014.

El letrado don Gerardo Gutiez González, en nombre y representación de “Alumitrán, Sociedad Anónima Unipersonal”, ha presentado escrito de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo y forma con las oportunas certificaciones de sentencia en la forma que posibilita el apartado 3 del artículo 224 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, citando como sentencia de contraste las dictadas por la Sala de lo social del Tribunal Supremo de fecha 21 de noviembre de 2000 (recurso de casación para unificación de doctrina número 3.462 de 1999) y la de fecha 21 de noviembre de 2000 (recurso de casación para la unificación de doctrina número 1.492 de 1999).

Acuerdo: Tener por interpuesto en tiempo y forma el recurso de casación para la unificación de doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado ante la Sala Cuarta de lo social del Tribunal Supremo dentro del plazo de los diez días siguientes contados a partir de la unificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente con la remisión de los presentes autos.

Advertir a las partes que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante la secretaria judicial, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Harinera de Salvanés, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.416/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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