Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
21-07-2014

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140721-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PUENTES VIEJAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

74
Modificación ordenanza fiscal

Transcurrido el período de información pública del acuerdo municipal de 26 de marzo de 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 117, de 19 de mayo de 2014), por el que se aprobaba la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, de conformidad con lo dispuesto en 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el citado acuerdo inicial se entiende definitivamente aprobado, siendo su texto íntegro el siguiente:

«4. Dictámenes de la Comisión Municipal de Urbanismo

Por la Secretaría se da lectura a los diversos dictámenes de la Comisión Municipal de Urbanismo celebrada el día 24 de febrero de 2014:

(...)

4.c) Modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

El pleno, a instancia de la Comisión Municipal Urbanismo, por unanimidad de sus asistentes, que representa la mayoría absoluta de la Corporación, de conformidad con lo señalado en artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, acuerda aprobar la modificación del artículo 9 de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, añadiendo el siguiente epígrafe 3:

9.3. Fianzas.—Las licencias de obra mayor depositarán una fianza por valor del 1 por 100 del presupuesto de la obra que responda de la correcta ejecución de la obra sin daños para el viario o espacio público afectado y será devuelta al promotor por la Alcaldía una vez se acredite la certificación final de obra y cuente con informe favorable del técnico municipal.

La fianza a depositar por las licencias de obra menor se determinará a propuesta de la Comisión de Urbanismo, que podrá declarar exentas del depósito de fianza a aquellas que, previo informe técnico, así lo considere».

La presente modificación entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Puentes Viejas, a 30 de junio de 2014.—El alcalde, Gabriel Ramírez Sanz.

(03/21.792/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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