Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
21-07-2014

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140721-8

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ACUERDO de 17 de junio de 2014, de la Comisión de Urbanismo, relativo al Plan Especial para las obras del “Proyecto de la nueva Estación de Tratamiento de Agua Potable”, en el término municipal de Colmenar Viejo, promovido por el Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima (Ac. 91/14).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 17 de junio de 2014, ha examinado el expediente relativo al Plan Especial para las obras del “Proyecto de la nueva Estación de Tratamiento de Agua Potable”, en el término municipal de Colmenar Viejo, promovido por el Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de 2 de junio de 2014, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en fecha 3 de junio de 2014, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,

ACUERDA

Primero

Aprobar inicialmente el Plan Especial para las obras del “Proyecto de la nueva Estación de Tratamiento de Agua Potable”, en el término municipal de Colmenar Viejo, promovido por el Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima.

Segundo

Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de un mes, mediante inserción de los correspondientes anuncios en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid y, una vez cumplimentado, proceder a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Tercero

Requerir informe, concediendo el mismo plazo de un mes para su emisión, a los siguientes Organismos afectados:

— Dirección General de Evaluación Ambiental.

— Dirección General del Medio Ambiente. Subdirección General de Conservación del Medio Natural. Subdirección General de Recursos Agrarios (Área de Vías Pecuarias).

— Dirección General de Ordenación e Inspección.

— Dirección General de Patrimonio Histórico.

— Dirección General de Carreteras.

— Dirección General de Infraestructuras.

— Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

— Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información.

— Confederación Hidrográfica del Tajo.

— Dirección General de Aviación Civil.

— Dirección General de Ferrocarriles.

— Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

— Iberdrola.

— Telefónica.

Cuarto

Dar traslado del expediente al Ayuntamiento de Colmenar Viejo, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo máximo de un mes.

Los citados Organismos remitirán una copia de su informe al promotor.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente Acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde podrá ser consultado, por un período de un mes, en horas hábiles, desde el día siguiente a la publicación del presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de Información Pública.

Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido al Presidente de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Madrid, a 17 de junio de 2014.—La Secretaria General Técnica, PS (Orden 981/2014, de 3 de junio), el Subdirector General de Régimen Jurídico, Manuel Guisado Fuentes.

(01/2.562/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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