Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 164

Fecha del Boletín 
12-07-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140712-47

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

47
Procedimiento 1.123 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.123 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Pérez Risco, frente a Asociación de la Tercera Edad Ámbito Nacional, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguientes resolución:

Se acuerda aclarar el fallo de la sentencia dictada en fecha 28 de mayo de 2014, que debe quedar redactado en los siguientes términos:

“Que debo estimar y estimo la demanda formulada por doña María del Carmen Pérez Risco, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Asociación de la Tercera Edad Ámbito Nacional, declarando el derecho de la actora a la pensión de jubilación desde el día 24 de enero de 2013, con una base reguladora de 764,65 euros y porcentaje del 77 por 100 (588,78 euros), correspondiendo a la entidad demandada como responsable del pago el 62,63 por 100 y a la entidad gestora el 37,37 por 100 todo ello con las mejoras y revalorizaciones que correspondan, y sin perjuicio del anticipo de la pensión de jubilación por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, como responsable subsidiario, con la subrogación correspondiente a su favor, obligándoles a estar y pasar por dicha declaración y pago.”

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias/autos y llévese testimonio a los autos.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Asociación de la Tercera Edad Ámbito Nacional, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.899/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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