Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 159

Fecha del Boletín 
07-07-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140707-164

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 2

164
Procedimiento ordinario 765 de 2011

EDICTO

Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 765 de 2011, a instancias de la parte actora, don Fernando Velázquez Sola, don Francisco Velázquez Fuentes, don Juan A. Moral Rosado y don Manuel Ortiz Illangua, contra “Vanguard Vibrovan, Sociedad Limitada”, “Vanguard Iberia, Sociedad Limitada”, “Vanguard Castilla, Sociedad Limitada”, “Vanguard Sevilla, Sociedad Limitada”, y “Vanguard Hormigón Moldeado, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado resolución de 2 de diciembre de 2013, del tenor literal siguiente:

Providencia del magistrado-juez, don Pablo Surroca Casas.—En Sevilla, a 2 de diciembre de 2013.

Visto el anterior escrito de la parte actora, únase a los autos de su razón y visto su contenido se tiene por ampliada la demanda frente al Fondo de Garantía Salarial y la administración concursal de las demandadas, señalándose el acto del juicio para el 14 de julio de 2014, a las diez horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en avenida de la Buhaira, número 26, quinta planta, edificio “Noga”, Sala de vistas, primera planta, para el caso de que las partes no lleguen a una avenencia en el acto de conciliación y celebrar ante la secretaria judicial el mismo día, diez minutos antes, en la oficina de este Juzgado, sita en la quinta planta del mencionado edificio.

Lo mandó y firma su señoría. Ante mí.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Vanguard Iberia, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.

En Sevilla, a 20 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.769/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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